Guía fácil del subsidio por desempleo 2017, qué requisitos se necesitan, cómo se solicita, cuantías y duración de esta ayuda del SEPE.
El subsidio por desempleo es la ayuda que pueden cobrar los parados si han agotado el paro o no tienen las cotizaciones suficientes para tramitarlo. Para ser beneficiario de un subsidio deben cumplirse determinados requisitos que te contamos a continuación.
- Requisitos para pedir la ayuda del SEPE
- ¿Qué significa la carencia de rentas?
- Responsabilidades familiares
- ¿Cuánto se cobra por el subsidio por desempleo?
- ¿Qué papeles tengo que presentar para cobrar la ayuda para desempleados?
- Tipos de subsidios:
- Subsidio por insuficiencia de cotización
- La Ayuda Familiar
- Subsidio para mayores de 45 años
- Subsidio para mayores de 55 años
- Subsidio para emigrantes retornados
- Subsidio a consecuencia de la mejoría de una incapacidad
- Subsidio para los liberados de prisión
- La Renta Agraria
- Otras ayudas para desempleados
1. Requisitos para pedir la ayuda del SEPE
Para poder cobrar un subsidio por desempleo es necesario contar con unos requisitos mínimos.
Después, se necesitarán cumplir también determinados requisitos específicos en función del
tipo de subsidio que se pretenda solicitar como por ejemplo la edad, o las responsabilidades familiares.
Los requisitos comunes a todas las ayudas por desempleo son:
- Tenemos que estar desempleados y en situación legal de desempleo.
- No podemos tener derecho a cobrar la prestación contributiva, o lo que es lo mismo, “el paro”.
- Hay darse de alta en el SEPE como demandante de empleo, es decir, apuntarse al paro, y estar inscrito durante todo el tiempo en que esté cobrando el subsidio.
- Cumplir además el requisito de la “carencia de rentas” que desarrollamos en el siguiente apartado y que viene a significar que no tengamos ingresos por encima de unos límites.
Debemos mantener todas estas condiciones mientras se perciba la ayuda si queremos continuar siendo beneficiarios
2. ¿Qué significa la carencia de rentas?
La carencia de rentas es uno de los principales requisitos que todo solicitante debe poder acreditar para poder percibir una ayuda del INEM.
Carecer de rentas significa no tener recursos económicos para satisfacer las necesidades básicas.
El SEPE establece que una persona carece de rentas cuando la suma de sus ingresos es inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el año 2017 esta cifra se sitúa en 530,70 euros mensuales.
3. Responsabilidades familiares
Para solicitar determinados subsidios por desempleo es necesario que el desempleado cuente con personas a su cargo.
Se tienen responsabilidades familiares cuando los ingresos totales que percibe la unidad familiar divididos por el número de miembros es inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y se tiene a cargo alguna de las personas siguientes:
- El cónyuge.
- Los hijos que sean por naturaleza o bien por adopción cuando sean menores de veintiséis años. Si son mayores deberán contar con una discapacidad del 33% como mínimo.
- Los menores acogidos.
Por tanto, no se considerarán que estén a cargo cuando la suma total de las rentas dividida por el número de miembros sea superior al 75% del SMI.
Para ampliar toda la información de este requisito, visita el artículo:
4. ¿Cuánto se cobra por el subsidio por desempleo?
La cuantía del subsidio por desempleo será en todos los casos del 80 % del Indicador Público de Renta de Efecto Múltiple (IPREM). Para el año 2016 esta cuantía se sitúa en 426 euros mensuales. Cuando el solicitante hubiera trabajado a jornada parcial se reducirá la cantidad en proporción a las horas realizadas.
En el caso del subsidio para mayores de 55 años, el SEPE ingresará además las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social hasta la jubilación.
Por lo que respecta al pago, se realizará un abono mensual en la cuenta bancaria facilitada por el solicitante en el momento de tramitar la ayuda. Se realizará por meses vencidos.
5. ¿Qué papeles tengo que presentar para pedir la ayuda para desempleados?
Para tramitar un subsidio por desempleo tenemos que aportar la documentación siguiente:
- Modelo oficial de solicitud que incluirá el compromiso de actividad, domiciliación bancaria, y la declaración de rentas y responsabilidades familiares.
- Hay que mostrar un documento identificativo:
- DNI en caso de españoles.
- Los extranjeros tienen que identificarse con la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o Número de Identidad de Extranjeros con el pasaporte.
- Un documento bancario en el que figure el número de cuenta en el que se queremos recibir la prestación. Importante ser el titular de la cuenta facilitada.
Descarga aquí el formulario de solicitud:
6. Tipos de subsidios
Subsidio por insuficiencia de cotización
Este subsidio es una ayuda económica para aquellos desempleados que no han cubierto el período mínimo de 360 días de cotización para poder solicitar el paro.
Podrán solicitarlo aquellas personas que:
- Tienen cotizados un mínimo de tres meses y cuentan con responsabilidades familiares o seis meses cotizados y no cuentan con responsabilidades familiares.
Aquí tienes toda la información sobre esta ayuda:
La Ayuda Familiar para desempleados
Esta ayuda está destinada a aquellas personas que tienen a su cargo responsabilidades familiares y han agotado la prestación contributiva “el paro”.
Los requisitos para solicitar la ayuda familiar son los siguientes:
- No disponer de paro porque se haya agotado.
- Ser desempleado.
- Estar inscrito como demandante de empleo en la oficina del SEPE.
- Tener hijos o un cónyuge a su cargo. Los hijos deben ser menores de 26 años y la pareja debe depender económicamente de la persona que solicita la ayuda familiar.
- Las rentas del núcleo familiar no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional,
Para ampliar más información sobre la ayuda familiar pincha en el siguiente enlace:
Subsidio para mayores de 45 años
Esta ayuda económica está destinada a aquellas personas que tienen 45 años o más y ya han agotado el paro.
Los requisitos son los siguientes:
- Haber agotado el paro.
- Tener 45 o más años.
- Ser demandante de empleo y estar inscrito en el SEPE.
- Las rentas no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional.
- No tener más de 55 años puesto que para ellos hay otras ayudas disponibles.
Toda información acerca de esta ayuda:
Subsidio para mayores de 55 años
Este subsidio económico se concede hasta la jubilación, para ello la persona debe ser mayor de 55 años y cumplir los siguientes requisitos:
- Estar desempleado y constar así en la oficina de empleo.
- Disponer de 55 años o más.
- Las rentas no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional.
- Haber cotizado 6 años como mínimo durante toda la vida laboral.
- Cumplir con los requisitos para obtener la pensión de jubilación, a excepción de la edad.
Más información en este enlace:
Subsidio para emigrantes retornados
Las personas que regresan a España porque han estado trabajando en un país que no tiene suscrito ningún tipo de convenio bilateral de desempleo con nuestro país o que no pertenecen al espacio económico Europeo tienen derecho a este subsidio.
Si quieres conocer toda la información acerca de este subsidio pincha aquí:
Visita la guía de retorno voluntario a España con todos trámites previos y posteriores a tu regreso.
Ayuda por mejorar de una incapacidad
Esta es una ayuda para las personas que se les retira la pensión de invalidez porque que han mejorado de su enfermedad y no cuentan con recursos suficientes para poder sobrevivir.
Encontrarás toda la información detallada en en este enlace:
Subsidio para los liberados de prisión
Esta es una ayuda económica que se otorga a las personas que han estado sometidos a una pena privativa de libertad de más de seis meses y no reúnen los requisitos para acogerse a ninguna prestación ni a ningún subsidio. Para poder tener acceso a este subsidio se deberá proceder a la inscripción como demandante de empleo en el plazo máximo de 30 días desde la excarcelación y estar inscrito durante un mes conocido como “el mes de espera”.
Más información aquí:
La Renta Agraria
La renta agraria va dirigida a trabajadores eventuales agrarios de la comunidad Andaluza y Extremadura.
También puede solicitarse el subsidio agrario si ya se ha percibido alguna vez dentro de los tres años anteriores a la solicitud como requisito imprescindible.Si no se cumple esta condición, debe tramitarse la Renta Agraria.
7. Otras ayudas para desempleados
Además del subsidio por desempleo existen otras ayudas para las personas que han agotado todas las prestaciones estatales a las que podían acogerse:
- La Renta Activa de Inserción: Es una medida de carácter extraordinario que tiene la finalidad de reinsertar a la persona en el mercado laboral, así como de concederle una cuantía económica de apoyo mientras logra de nuevo un puesto de trabajo.
- El plan Prepara: Es una ayuda extraordinaria que tiene una duración de 6 meses y va dirigida a las personas desempleadas que han agotado la prestación y los subsidios incluida la Renta Activa de Inserción (RAI)
- El PAE Programa Extraordinario de Activación para el Empleo para parados de larga duración que han agotado todas las prestaciones por desempleo.
- Los salarios sociales autonómicos: Estas son rentas de integración que pueden conceder determinadas Comunidades Autónomas gracias a los Servicios Sociales y están destinadas a las personas consideradas en riesgo de exclusión social.
- Ayudas de emergencia social autonómicas.
Fuente: cursosinemweb.es