El Plan Prepara, la ayuda de 400 o 450 euros durante 6 meses para quienes acaban de agotar las prestaciones por desempleo, mantendrá su vigencia hasta el 30 de abril de 2018.Imagen relacionada

El Ministerio de Empleo ha anunciado a través de una nota de prensa que después del acuerdo unánime de todas las Comunidades Autónomas, la ayuda del Prepara, que estaba suspendida, se mantendrá vigente hasta el 30 de abril de 2018.

¿Esta prórroga significa que quien ya ha pedido esta ayuda podrá volver a solicitarla de nuevo?

No, no se puede pedir de nuevo. El Plan Prepara (+info) es una ayuda que únicamente se puede solicitar una vez y durante seis meses, sin posibilidad de ningún tipo de prórroga. Quien ya ha pedido esta ayuda no puede volver a pedirla de nuevo, por mucho que se hable de una “prórroga”.  Lo que se ha prorrogado es la existencia de la ayuda en sí, para que la puedan pedir personas que cumpliendo los requisitos, no la hubieran solicitado anteriormente.
 

¿Pueden pedir el Prepara los desempleados de larga duración que lleven tiempo sin cobrar ninguna ayuda?

No, no pueden. Y esto tampoco se cuenta habitualmente.  El Prepara es una ayuda que hay que pedir inmediatamente después de que se termine de cobrar el paro, en los dos meses siguientes. Si han pasado más de dos meses, no hay nada que hacer y habrá que esperar a cobrar un nuevo subsidio o ayuda y agotarlo, para luego pedir el Prepara.

Un desempleado que lleve varios meses sin cobrar una ayuda no cumple este requisito.  Podrá ver si puede optar a otra de las ayudas extraordinarias, como el Programa de Activación para el Empleo (PAE) para desempleados de larga duración con responsabilidades familiares, pero no podrá pedir el Prepara.
 

¿A quién beneficia entonces la extensión de esta ayuda hasta abril de 2018?

A desempleados que no la hayan solicitado anteriormente y cumplan los requisitos.  Desde su creación, han recibido esta ayuda casi 1.000.000 de desempleados.  La última prórroga del Prepara había terminado el pasado 15 de agosto y la ayuda, desde entonces, estaba bloqueada por problemas legales tras una sentencia del Tribunal Constitucional.

Con el acuerdo que ha alcanzado el Gobierno con las Comunidades Autónomas y agentes sociales, la ayuda se ha desbloqueado y nuevas personas en paro pueden solicitarla, de momento, hasta el 30 de abril del año que viene.
 

¿La reactivación aprobada tiene efecto retroactivo desde el pasado 15 de agosto?

 
Si, tiene efectos retroactivos. La vigencia del Prepara había terminado el pasado 15 de agosto y durante más de un mes miles de desempleados han estado con la incertidumbre de saber si a pesar de cumplir los requisitos, podrían solicitar la ayuda. Con la aprobación de la prórroga con efectos retroactivos, todas las solicitudes que estaban en curso o pendientes se podrán tramitar. A todos los efectos es como si la ayuda no hubiera estado suspendida en ningún momento, no hay vacíos legales en su vigencia. 

¿En qué consiste la ayuda del Plan Prepara?

 Se trata de una ayuda de seis meses de duración, en la que por un lado se concede una ayuda económica de 400 euros mensuales (450 en función de las responsabilidades familiares) y por otro lado facilita cursos y programas de formación para el empleo 

¿Cuáles son los requisitos para poder cobrar el Prepara?

 En lenguaje muy sencillo:  pueden solicitar esta ayuda las personas a las que se les termina el paro y no tienen derecho a otra ayuda, y además, cumplen el requisito de tener responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 a cargo), o bien, si no las tienen, son desempleados de larga duración.

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Con más detalle, estos son los requisitos desglosados uno a uno:

En primer lugar, cumplir una de estas dos condiciones:

  • O bien ser parado de larga duración, inscrito como demandante de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses.
  • O bien tener responsabilidades familiares (+info)

Y cumplir además el resto de requisitos:

  • Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo y pedir esta ayuda antes de que hayan pasado dos meses desde esa fecha.
  • No tener derecho a prorrogar la prestación ni el subsidio, ni a beneficiarse de ninguna otra ayuda por desempleo. El Prepara es una ayuda extraordinaria, que junto con la RAI y el Programa de Activación (PAE), solo se pueden solicitar cuando no hay derecho a prestaciones y subsidios ordinarios.
  • No haber cobrado con anterioridad ninguna prestación de este tipo, como por ejemplo, el PRODI (“la ayuda de los 426 euros”), el anterior plan Prepara, la Renta Agraria, o la Renta Activa de Inserción (RAI).
  • Tener carencia de rentas, de modo que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.  En 2017 esta cifra es de 530,78 euros mensuales. Aunque el solicitante carezca de rentas, si convive con sus padres, cónyuge o hijos menores de 26 años o mayores discapacitados, o menores acogidos, habrá que sumar las rentas de todos y dividirlas entre el número de miembros de la unidad familiar y que el resultado no supere los 530,78 euros mensuales por miembro.
  • Se deberá firmar un acuerdo con el orientador laboral de los servicios públicos de empleo, comprometiéndose a participar en un Itinerario Personalizado de Inserción (IPI). El orientador es quien valida la formación y asistencia a los cursos y el enlace entre la administración y el desempleado.
  • Se exige que el solicitante acredite haber buscado activamente trabajo durante al menos 30 días desde la pérdida de otras prestaciones durante el plazo de solicitud, con el objetivo de reforzar el seguimiento del compromiso de actividad. Esta obligación se mantiene durante todo el programa. Al solicitar la ayuda tendrá que entregar cumplimentado el impreso de búsqueda activa de empleo (pdf)  . En esta guía explicamos cómo hacer la BAE (Búsqueda Activa de Empleo)